Notarios alertan: Sacar dinero de la cuenta del enfermo antes de su muerte puede salirte muy caro

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El peligro de “vaciar la cuenta” antes de que sea tarde

Cuando un familiar atraviesa sus últimos meses de vida, las emociones, la presión y los gastos se acumulan. En ese contexto, muchas familias toman una decisión que creen práctica: retirar dinero de la cuenta bancaria del enfermo para adelantar pagos o, en algunos casos, intentar reducir la futura factura del Impuesto de Sucesiones. A simple vista puede parecer una jugada inteligente. Sin embargo, abogados y notarios advierten de que esta práctica puede volverse en contra y terminar generando un problema serio con Hacienda.

Hacienda puede volver a sumar ese dinero a la herencia

La clave está en una figura legal poco conocida pero muy contundente: la presunción fiscal de adición de bienes. Según esta norma, la Agencia Tributaria puede integrar en la herencia todo el dinero que estuvo en las cuentas del fallecido durante el año anterior a su muerte, aunque en el momento del fallecimiento el saldo sea mínimo o incluso inexistente. Es decir, sacar el dinero antes no lo hace desaparecer a ojos de Hacienda. La ley presume que ese importe sigue formando parte del caudal hereditario y, por tanto, debe tributar.

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Solo existe una forma de romper esa presunción: demostrar que el dinero se gastó realmente y que no hubo intención de eludir impuestos. Para ello es imprescindible conservar facturas, justificantes y movimientos bancarios que acrediten el destino de cada euro retirado. Como advierten los notarios: “Mucho cuidado con la práctica de vaciar las cuentas para no tributar porque luego tenemos sorpresas con Hacienda”.

Planificar con tiempo, no improvisar a última hora

Lejos de recomendar movimientos apresurados, los profesionales del Derecho insisten en la importancia de la planificación patrimonial. Revisar las titularidades de las cuentas, analizar si existen donaciones previas y estudiar los productos financieros contratados puede evitar muchos conflictos futuros. No es lo mismo una cuenta conjunta que una cuenta indistinta o una cuenta con simples autorizados, y cada modalidad tiene consecuencias fiscales y civiles diferentes.

Si se realiza una retirada importante por motivos justificados —gastos médicos, cuidados, adaptación de vivienda— lo fundamental es dejar rastro documental. Cuando Hacienda revisa el patrimonio del fallecido, esos documentos pueden marcar la diferencia entre una simple comprobación rutinaria y un expediente mucho más complejo.

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Sacar dinero tras el fallecimiento: cuándo puede haber responsabilidad

La situación se complica aún más cuando el titular ya ha fallecido. Si la cuenta era exclusivamente suya, cualquier retirada exige el consentimiento de todos los herederos. En cuentas conjuntas, desde el momento del fallecimiento los cotitulares no pueden disponer libremente del saldo sin autorización de los herederos del difunto. En cambio, en cuentas indistintas o solidarias, el titular superviviente puede seguir operando porque esa es la configuración contractual.

Especialmente delicado es el caso de las personas autorizadas: el poder para disponer del dinero se extingue automáticamente en el momento del fallecimiento. A partir de ese instante, cualquier retirada sin acuerdo expreso de los herederos puede ser impugnada y obligar a devolver el dinero a la masa hereditaria.

Ocultar bienes puede salir muy caro

Cuando la Agencia Tributaria detecta retiradas sospechosas en fechas cercanas al fallecimiento, suele analizarlas con detalle. Si considera que el objetivo era reducir la base imponible, vuelve a sumar el importe al cálculo del impuesto. La notaria María Cristina Clemente Buendía recuerda que tanto el Código Civil como el Código Civil de Catalunya establecen que el heredero que oculte o sustraiga bienes pierde la posibilidad de renunciar a la herencia y pasa a ser aceptante puro y simple.

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Además, el artículo 11 de la Ley del Impuesto de Sucesiones presume que forman parte de la herencia todos los bienes que pertenecieron al causante en el año anterior a su muerte. Esta interpretación ya ha sido avalada por los tribunales. Un ejemplo reciente es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 14 de octubre de 2024, que obligó a una hermana a tributar por 120.000 euros retirados antes de renunciar a la herencia. Intentar adelantarse a Hacienda puede terminar siendo mucho más caro de lo que se pretendía ahorrar.

La conclusión: prudencia y asesoramiento

En materia de herencias, las decisiones impulsivas suelen tener consecuencias. Retirar dinero en los últimos meses de vida de un familiar no reduce automáticamente el impuesto y puede abrir la puerta a comprobaciones fiscales, sanciones o litigios entre herederos. La recomendación unánime de abogados y notarios es clara: planificar con tiempo, actuar con transparencia y conservar siempre pruebas documentales. Porque en cuestiones fiscales, lo que parece un atajo puede convertirse en un largo problema.

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